TSJ negó demanda de alcalde de Táchira contra ordenanza

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible "por inepta acumulación de pretensiones", una demanda de nulidad contra la Ordenanza de Presupuesto de Ingresos y Gastos Públicos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2009 del Municipio Independencia de Capacho, por "inviable", que fue interpuesta por el apoderado judicial de Onésimo Duarte, alcalde de ese municipio del estado Táchira, por inconstitucional e ilegal. El magistrado Pedro Rondón Haaz salvó el voto. Duarte solicitó, el 26 de marzo, declarar la nulidad de la ordenanza y la ausencia absoluta del alcalde, debido a la omisión del concejo municipal de hacer la designación, conforme al artículo 336, numeral 7, de la Constitución, que ordena declarar la inconstitucionalidad de las omisiones cuando "se haya dejado de dictar normas o medidas indispensables para garantizar el cumplimiento de la Carta Magna o las haya dictado en forma incompleta". Consideró la Sala, con ponencia de Arcadio Delgado, que ambas pretensiones que se excluyen mutuamente y que, en el presente caso, no puede invocarse el "fuero atrayente" para el conocimiento de la supuesta "omisión legislativa" conjuntamente con la demanda de nulidad de la Ordenanza, porque se trata de actos u omisiones de naturaleza distinta, aunque hayan sido producidos por el mismo ente político territorial", informó una nota de prensa del TSJ .

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